Hemos tomado conocimiento público a través de distintos medios de comunicación, acerca de la conformación de una “supuesta” lista de unidad que consagraría Presidente de la UCR local al Intendente Municipal, Dr. Alberto Martino. Al respecto, dejamos expresa constancia que este núcleo interno no fue consultado ni invitado formalmente a participar de dicho acuerdo. De igual manera, este espacio no hubiera adherido ni prestado conformidad porque no respeta los más elementales principios del radicalismo, en especial, los referidos a la legalidad, igualdad y participación de los afiliados, la libertad de expresión dentro del partido y la no discriminación de las minorías. Asimismo, la postulación y aceptación del futuro presidente viola flagrantemente lo normado por la Carta Orgánica partidaria que en su art. 4 establece: “…los intendentes, concejales y funcionarios jerárquicos de las respectivas administraciones tienen incompatibilidades con los cargos en los organismos partidarios donde deban rendir cuentas o informes de su actuación…”. A la vez el art. 43 ordena: “…los Intendentes y Concejales que representen a la UCR deberán, anualmente, presentar ante el Comité de Circuito un informe detallado de la labor desarrollada. Cuando los informes no fuesen presentados sin causa justificada se considerará falta grave y el organismo receptor deberá comunicarlo al Tribunal de Conducta”. Bajo este principio, queda claro que el Intendente informaría y se juzgaría a sí mismo por lo que se estaría unificando Gobierno Municipal con Partido Político, lo cual configura una conducta ilegal, arbitraria y por ende antidemocrática. Como lo venimos diciendo durante los últimos años, se reitera en la organización partidaria el germen del personalismo autoritario, donde se adoptan decisiones de manera excluyente sin tener en cuenta la opinión de los militantes, quienes sólo son consultados para legitimar políticas y resoluciones ya tomadas en un círculo pequeño. Sostenemos que esta acción genera un nuevo descrédito hacia la opinión pública porque puede percibirse que el objetivo es meramente electoral, indigno de una organización democrática y participativa que beneficie en términos formativos e impulse las políticas de modernización interna que merecen sus afiliados. Por ello, impugnamos el mecanismo utilizado para consagrar estas autoridades partidarias.
Marcelo Gustavo Prado
Núcleo Sabattini