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Nuevo dólar ahorro: cuánto cuesta en cada banco el cupo mensual de USD 200 tras las últimas medidas

 

La AFIP reglamentó la aplicación de un 75% de recargo a las compras de divisas para atesoramiento. Quiénes pueden comprar y cuánto tienen que gastar a partir de ahora

En mayo 766 mil individuos compraron dólares billete (Getty)En mayo 766 mil individuos compraron dólares billete (Getty)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó esta mañana los cambios en el Impuesto PAIS y retenciones a cuenta de otros tributos que empezarán a pesar sobre distintas importaciones y la compra de dólares para ahorro, el “dólar solidario”. La nueva normativa subió en 10 puntos porcentuales la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, la pasó del 35% al 45%, lo que llevó al recargo para la compra de billetes del 65% que regía hasta la semana pasada al 75% actual. Así, el dólar para atesoramiento quedó equiparado al dólar tarjeta.

Los cambios en el tratamiento impositivo de las operaciones cambiaria pesaron sobre la compra de dólares en bancos, el cupo de USD 200 que autoriza cada mes la legislación vigente a ciertas personas físicas. Así, en pocos días, el dólar para ahorro subió casi 7% por el mayor castigo impositivo.

A qué precio vende cada banco

El dólar oficial cerró el lunes a un valor de $293,50 en el Banco Nación, pero los ahorristas que tienen la posibilidad de comprar USD 200 deben pagar 30% extra en concepto de “impuesto País” y el nuevo recargo del 45% por percepción de Ganancias -ese último monto puede ser reclamado al final del año fiscal por aquellos contribuyentes que no pagan el impuesto-. Así, el valor real al que pueden acceder los ahorristas es de $496,12 (dólar solidario) tomando como base la cotización del Nación, que no suele ser la más alta del mercado.

Cuanto vale el dólar en cada banco

Precios informados al Banco Central el 24 de julio

En $

Por tanto, quienes quieran comprar USD 200 deberán desembolsar en torno a 99.207,50 pesos. Claro está, que el valor sigue siendo más bajo que el dólar libre ($552) aunque pasó a alinearse con el dólar MEP ($484).

Claro que el dólar ahorro no está disponible para todos. Si bien en mayo hubo 766 argentinos que compraron billetes estadounidenses aprovechando el cupo de USD 200 (datos del Banco Central) -que según la AFIP compran un promedio, son muchos más los que están limitados por el sistema y no tienen la posibilidad de formar parte de las operaciones formales.

Quién no puede comprar

Actualmente hay 12 condiciones diferentes impuestas por el Banco Central (BCRA) que pueden dejar a un ahorrista fuera del mercado de cambios oficial y, por tanto, sin cupo mensual de USD 200.

– Bajos ingresos: uno de los motivos que pueden limitar el acceso al mercado de cambios, es no contar con capacidad económica suficiente para operar, según los parámetros establecidos por el banco en el que opera cada persona.

– Subsidios: una de las últimas restricciones impuestas por el Gobierno, es que no pueden participar del mercado de cambios oficial quienes solicitaron mantener los subsidios en las tarifas de gas natural, energía eléctrica o agua potable. De hecho, cuando se anunció la medida, miles de usuarios dieron marcha atrás para poder seguir teniendo acceso al dólar oficial.

– Salarios asistidos: una de las condiciones más antiguas y también una de las más restrictivas, tiene que ver con la restricción para quienes hayan cobrado salarios asistidos por las ATP (Asistencia al Trabajo y la Producción). Se debe tener en cuenta que, si el empleador obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto.

Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.

Quienes gastaron más de USD 200 en el extranjero, deberán esperar a que transcurran los meses necesarios para compensar el exceso de dólares gastados (EFE)Quienes gastaron más de USD 200 en el extranjero, deberán esperar a que transcurran los meses necesarios para compensar el exceso de dólares gastados (EFE)

– Compras en el extranjero: Tampoco pueden acceder al mercado de cambios oficial quienes hayan realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o más. En caso de que los gastos fuera del país se excedan de los USD 200, la persona no podrá acceder a comprar monedas extranjeras en el mercado oficial hasta que transcurran los meses suficientes para compensar el cupo excedido.

– Refinanciación de tarjetas: están fuera del mercado formal todas las personas que tienen alguna refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito activa.

– Préstamos vigentes: tampoco están habilitados para acceder al cupo de USD 200 las personas que están pagando préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.

– Beneficiarios del IFE: así como persiste la prohibición para quienes cobraron sueldos con la asistencia de las ATP, también rige la restricción para quienes recibieron subsidios IFE (Ingreso Familiar de Emergencia).

– Subsidios de PAMI: tampoco las personas que recibieron o reciben subsidios del PAMI están habilitadas para acceder al cupo de USD 200 mensuales.

– Transacciones de títulos: aunque es una restricción menos “masiva” que las anteriores, se debe considerar que no se puede ingresar al mercado oficial de cambios si se hicieron operaciones con títulos valores en los últimos meses.

– Inhabilitación: está prohibida la compra de moneda extranjera para aquellas personas que, mediante las comunicaciones C del Banco Central, fueron oficialmente suspendidas por el organismo.

El Banco Central tiene la facultad de inhabilitar a determinadas personas para acceder al mercado formal de cambios. REUTERS
El Banco Central tiene la facultad de inhabilitar a determinadas personas para acceder al mercado formal de cambios. REUTERS

– Sin registro: para poder comprar dólares oficiales, es condición fundamental tener dado de alta el número de CUIT. Es decir que, si no existe información tributaria en la AFIP, no se tiene acceso al mercado.

– Exceso de compra: si bien no es un limitante de acceso propiamente dicho, el BCRA aclara en su sitio que no pueden acceder al mercado de cambios quienes ya hicieron uso de su cupo mensual de USD 200 y quienes superaron el cupo mensual de USD 100 para adquisiciones en efectivo.

Qué dice la resolución de AFIP que fija los nuevos impuestos para la compra de dólares

El Gobierno dio a conocer la reglamentación que faltaba para poner en marcha el nuevo esquema cambiario

Este martes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la expansión del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS), que se aplica a la adquisición de moneda extranjera para ahorro y a la importación de bienes y servicios.

La Resolución General 5393, que complementa el Decreto 377, fue firmada el lunes por el presidente Alberto Fernández, junto con el Jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el Ministro de Economía, Sergio Massa. Esta resolución ajusta la normativa 4659 anterior, en línea con las recomendaciones del equipo técnico del Fondo Monetario Internacional (FMI).

Impacto en la cotización del dólar de ahorro y el dólar tarjeta

La resolución de AFIP que fija los nuevos impuestos para la compra de dólares julio 2023

El apartado b del artículo 2° de la AFIP dispone la imposición del impuesto sobre el valor total de la transacción en la que se adquieren monedas y divisas extranjeras, sin tomar en cuenta, si corresponde, el costo de los servicios que se ven afectados.

“La tasa que se aplique en cada caso, según lo establecido en el inciso a) del artículo 39 de la Ley N° 27.541, y en los artículos 13 bis y 17 del Decreto N° 99/19 y sus modificaciones, se aplicará sobre el valor en pesos de la operación sujeta a impuesto”, aclara la resolución firmada por Carlos Castagneto, titular del ente recaudador.

En consecuencia, el dólar solidario -el cupo de USD 200 mensuales al que acceden algunos ahorristas- y el dólar Tarjeta (consumos en moneda extranjera por hasta USD 300 mensuales) se unifican al 30% del Impuesto PAÍS + 45% de Percepción Ganancias. Según cálculos oficiales, esto afectará a poco más de 900 mil personas que compran USD 150 mensuales en promedio.

Los detalles de cómo se aplicará el Impuesto PAÍS a las importaciones

La normativa oficial establece en su artículo 2° que el Impuesto PAÍS se aplicará al 25% en todas las categorías, con algunas excepciones:

  • El sector de los fletes, al cual se aplicará un impuesto del 7,5%;
  • Los sectores de la Salud y la Educación, exentos según el artículo 36 de la Ley 27.541,
  • Los conciertos, que mantienen el 30%.

Asimismo, se confirmó la tasa del 7,5% para todos los productos (incluyendo los insumos agrícolas), excepto para:

  • Medicamentos y equipos para combatir incendios, exentos según el artículo 36 de la Ley 27.541;
  • Productos de lujo, que ya tienen una tasa del 30%,
  • Combustibles, lubricantes, bienes relacionados con la generación de energía, y productos e insumos intermedios vinculados a la Canasta Básica Alimentaria (CBA).

Cómo queda cada cotización

Con estas nuevas regulaciones, el dólar mayorista ($271) seguirá determinándose en las operaciones diarias del llamado Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) mientras que el dólar minorista seguirá siendo una referencia publicada por las pizarras de los bancos ($283,50, según la pizarra del Banco Nación).

En base a la ampliación de la percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, el primero en ser modificado será el dólar ahorro, el que pagan los que acceden a la compra de hasta USD 200 mensuales en sus bancos. Pasará a rozar los $496,12, desde los $464 que valía el viernes pasado.

Así, el dólar para ahorro pasa a equiparar al dólar tarjeta que se aplica a gastos mensuales en moneda extranjera que no alcancen los USD 300, que queda también en $496 por unidad.

Además, el Gobierno empezará a cobrar impuesto PAIS (acrónimo de Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, con el que nació el tributo en diciembre de 2019) para el uso de dólares de un grupo de importaciones. Para el caso de los servicios, pagarán un 25% en términos generales, con algunos rubros que tendrán particularidades. Los fletes pagarán 7,5%, mientras que sectores como educación y salud estarán exentos.

Impuesto PAIS sobre los servicios: se generaliza el tributo al 25% para todos los servicios, excepto: (i) Fletes, a los que que aplicará la alícuota del 7,5%; (ii) Salud y Educación, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, y; (iii) Recitales, que ya pagan el 30%. El impuesto lo percibirán os bancos al momento de que los importadores acceden al mercado de cambios. Este impuesto no se aplica si los servicios se pagan con dólares propios. La implementación de esta parte del paquete se hará mediante un decreto, en uso de las “facultades delegadas” por el Congreso, y mediante otra resolución general de la AFIP. Este es un dólar de $352 por unidad.

Impuesto PAIS sobre Bienes: Se generaliza el impuesto PAIS al 7,5% para todos los bienes, excepto: (i) Medicamentos y material para combatir el fuego, exentos por artículo 36 de la Ley 27.541, (ii) Suntuarios, que ya pagan el 30%, (iii) Combustibles, lubricantes, bienes vinculados a la generación de energía, así como insumos y bienes intermedios vinculados a la canasta básica alimentaria, seguirán sin pagar el tributo. Es un dólar de unos $291 por unidad.

FUENTE : INFOBAE 

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