Se trata de la demanda presentada por la aseguradora Metlife en 2017, que fue debatida por el Ciadi, el tribunal arbitral del Banco Mundial; qué dijo la Procuración sobre el fallo
Por Martín Kanenguiser
Las esquirlas de las decisiones del pasado no terminan nunca en la Argentina. El Gobierno argentino perdió un juicio arbitral contra una empresa internacional por la nacionalización de los fondos de jubilaciones durante la presidencia de Cristina Kirchner.
Calificadas fuentes involucradas en el caso confirmaron a Infobae la noticia del caso, que concluyó con un fallo esta semana por parte de este organismo dependiente del Banco Mundial.
La demanda, de 2017, se basó en la violación del tratado de protección de la inversión de los Estados Unidos (TBI) de 1991 con la Argentina con la decisión de expropiar las AFJP cuando el superávit fiscal estaba en declive en el inicio del mandato presidencial de Cristina Kirchner. El tratado fue ratificado por la Ley Nº 24.124 de Congreso en 1992 y las AFJP se crearon por la ley 24.241 en 1993.
El,kirchnerismo adoptó este camino de terminar con las AFJP para postergar la aparición del rojo de las cuentas públicas en forma temporal. En el segundo mandato de la Presidenta, esta tendencia de déficit fiscal se consolidó, con su reflejo sobre la creciente inflación y la pobreza, pese al aumento brutal del gasto público.
Fue el 54to caso presentado ante este Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) dependiente del Banco Mundial que recibió el país entre los expedientes derivados de las decisiones de la crisis del 2001 y otros por medidas adoptadas durante el kirchnerismo.
La empresa fue asesorada jurídicamente por un estudio conocido en la Argentina por controversias relacionadas a la deuda soberana, White & Case LLP, mientras que la Procuración del Tesoro fue asistida por el estudio Curtis, Mallet-Prevost, Colt & Mosle en Estados Unidos y en la Argentina.
Metlife, que funciona en la Argentina desde 1994 (y que hasta 2021 vendía en el país seguros de vida y ahorro, patrimoniales y por accidentes), recién optó por plantear la demanda cuando Mauricio Macri estaba en el poder, al no existir plazos de prescripción para este tipo de casos.
El tribunal estuvo compuesto por Ian Binnie (Canadá) como presidente y de árbitros Klaus Reichert (Alemania) Campbell Alan MC Lachlan (Nueva Zelanda) y emitió su dictamen el 5 de abril de este año Según un artículo de Lisa Bohmer de IAReporter, un año después de la presentación de esta poderosa empresa, el tribunal del Ciadi desechó el pedido argentino de no tratar el caso; el artículo recordó que si bien el arbitraje fue inicialmente presentado por los dos demandantes junto con una tercera entidad (MetLife Seguros de Retiro), en 2020, el tribunal tomó nota de la interrupción del procedimiento con respecto a esa entidad”.
“En mayo de 2021 se celebró una audiencia virtual sobre jurisdicción y fondo. Esto condujo a una decisión (no publicada) del 26 de septiembre de 2022 sobre Jurisdicción, Responsabilidad, Principios de Quantum e Intereses, en la que -según ha sabido IAReporter- el tribunal confirmó la jurisdicción, determinó que Argentina había violado el TBI y decidió que el Estado debía compensar a las demandantes por el monto del valor justo de mercado del negocio expropiado de MetLife”.
Luego, precisó, “las demandantes presentaron una solicitud de aclaración y rectificación relativa a ciertas cuestiones de quantum, que el tribunal abordó en una decisión del 30 de junio de 2023″.
“IAReporter ha confirmado que en esta decisión se concedió a los demandantes aproximadamente 6,8 millones de USD en concepto de daños y perjuicios, más 1,5 millones de USD adicionales en concepto de intereses previos al laudo, lo que representa sólo una pequeña fracción de los daños y perjuicios que había reclamado MetLife”, precisó.
En realidad, la demanda era por “cientos de millones de dólares”, indicaron fuentes ligadas a la controversia.
Bohmer recordó que “Argentina había argumentado que el tribunal carecía de jurisdicción porque: el reclamo había prescrito debido al principio de prescripción extintiva; los tres demandantes originales no reunían los requisitos para ser inversores protegidos por el TBI; no existía una violación prima facie del TBI; los reclamos deberían haber sido sometidas a los tribunales argentinos; y ciertas cuestiones tendrían que ser excluidas en una posible fase sobre el fondo”.
Esos pedidos no fueron escuchados, aunque al menos el Estado argentino recibió una penalidad mucho menor que la reclamada originalmente.
La postura de la Procuración
Tras conocerse el fallo, la Procuración del Tesoro destacó que “solo pagó el 1%” de lo que reclamaba Metlife.
“En un laudo del 5 de abril de 2024, un tribunal arbitral del CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones) otorgó solamente el 1% del monto que reclamaba MetLife por las consecuencias de la sanción en 2008 de la Ley N° 26.425, que unificó el sistema previsional argentino en un único régimen previsional público denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), eliminando el régimen de capitalización. MetLife solicitaba un monto de USD 504,9 millones por alegados daños y perjuicios más intereses”, indicó.
“Con anterioridad, el tribunal había emitido el 26 de septiembre de 2022 una Decisión sobre Responsabilidad, aceptando que la decisión de Argentina de eliminar el régimen de capitalización había perjudicado a MetLife y que le correspondía una indemnización por ello (porque la implementación de la Ley N° 26.425 sin compensar por el perjuicio causado había constituido un incumplimiento del artículo IV del Tratado sobre la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre la República Argentina y los Estados Unidos de América (TBI)), pero rechazando la casi totalidad de los argumentos en materia de cuantificación planteados por MetLife”.
“En esa decisión el tribunal determinó que la Ley N° 26.425 había sido una medida legítima, sancionada por ambas cámaras del Congreso Nacional argentino y que no había pruebas para atribuir motivos arbitrarios o irrazonables a los miembros del Congreso. Adicionalmente, el tribunal entendió que no había elementos que probaran el argumento de MetLife de que la Ley N° 26.425 había sido un pretexto para llevar adelante un fin impropio”.
“Por el contrario, el tribunal determinó que Argentina había probado que el régimen de capitalización existente al momento de sancionarse la norma citada no era autosustentable y que el Estado se había visto obligado a realizar aportes para cubrir déficits. El tribunal entendió que la selección de una política pública en vez de otras en tal situación no podía considerarse arbitraria. Asimismo, el tribunal determinó que MetLife no había demostrado que Argentina le hubiera hecho promesas o declaraciones específicas en materia de continuidad legislativa al momento de su inversión en Met AFJP en noviembre de 2000″.
“En relación con los costos del procedimiento, el tribunal otorgó a MetLife USD 6,6 millones, un monto inferior a la mitad de los gastos reclamados por ella”.
“MetLife estuvo representada por la firma de abogados White & Case. Por su parte, la defensa argentina estuvo a cargo de la Procuración del Tesoro de la Nación, con la asistencia del estudio Curtis, Mallet-Prevost, Colt & Mosle LLP durante las audiencias orales del procedimiento arbitral”.
“La reducción al 1% del monto reclamado en este caso se suma a otras disminuciones importantes de montos reclamados en otros arbitraje de inversión que el equipo de la Procuración ha logrado, llegando a laudos que determinaron indemnizaciones muy bajas en comparación con el monto reclamado, como por ejemplo en los laudos de los casos Continental y Hochtief, o que directamente determinaron que no correspondía indemnización alguna a la demandante, como ser en el laudo del caso Urbaser, además de los arbitrajes de inversión que resultaron en decisiones favorables para el Estado, como el reciente laudo en el caso Orazul, los anteriores laudos favorables en los casos Metalpar, TSA, Wintershall, Daimler e ICS, y las decisiones de anulación a favor del Estado en los casos Enron y Sempra.]”
“Este logro en el caso MetLife es aún mayor si se tienen en cuenta los recursos destinados a la preparación de la defensa. Mientras que los costos de la defensa de MetLife ascendieron a USD 13,82 millones, los de la defensa argentina fueron de USD 1,97 millones, incluidos los honorarios de los miembros del tribunal y los costos del CIADI”.
Con sus casos, entre concluidos y pendientes, la Argentina ha sido el país más demandado en el Ciadi, seguido de cerca por Venezuela, con 49. Les sigue un grupo de países entre los que se encuentran España, Egipto, Perú y México, y otro, más rezagado y apretado e integrado por Hungría, Ecuador, Kazakstán y Croacia.
La última demanda contra el país en el Ciadi la iniciaron dos empresas concesionarias de autopistas de peaje, Autopistas del Sol (Ausol) y Grupo Concesionario del Oeste (GCO), a través de su accionista Abertis, en el marco de una disputa por los contratos de concesión pactados en 2018 y rescindidos en la gestión de Alberto Fernández. En el caso de la Argentina, al parecer, la maldita herencia nunca se termina.
FUENTE : INFOBAE Por Martín Kanenguiser